lunes, 7 de abril de 2008

PRISIONEROS DE AQUELLAS “LEYES

PRISIONEROS DE AQUELLAS “LEYES”Entre el 24 de marzo de 1976 y el 9 de diciembre de 1983, las juntas militares sancionaron 1.783 leyes y 18.146 decretos. Según una investigación –lamentablemente trunca– de la Facultad de Derecho de laUBA, alrededor de quinientas de esas leyes y varios miles de decretos continúan vigentes. Una de ellas es la ley de Régimen Jurídico de la Función Pública, dictada en 1980, cuyo texto, de una xenofobia exasperante, exige a quienes quieran ingresar a la administración pública “ser argentino o naturalizado con más de cuatro años” y también les cierra las puertas del trabajo estatal a los sospechosos de pertenecer o haber pertenecido a “grupos que por su doctrina o acción acepten o lleven a la práctica el uso de la fuerza”.

Otra ley aún existente –a pesar de varios intentos legislativos de reemplazarla– es la 21.745, conocida como la Ley de Cultos, sancionada en 1978, que en su artículo 3 establece que se negará o anulará la inscripción de cualquier organización religiosa “cuando se hubiere comprobado que los principios y/o propósitos que dieron origen a la constitución de la asociación o la actividad que ejerce resultaren lesivas al orden público, la seguridad nacional, la moral y las buenas costumbres”. Esta norma, de evidente contenido discriminatorio y represivo, se complementa con otra del mismo año, la 21.950, que establece para los dignatarios católicos una asignación mensual equivalente al 80 por ciento del salario de un juez de primera instancia. También les garantiza una renta vitalicia o jubilación equivalente al 70 por ciento del sueldo del presidente de la Nación. Justificados por ésta y otras leyes de la dictadura, los aportes del Estado a la Iglesia Católica sumaron el año pasado algo menos de 17 millones de pesos, que fueron transferidos a la Conferencia Episcopal Argentina para que los distribuyera.

Un tercer ejemplo es la Ley de Radiodifusión que censura a todo programa que no cumpla con “los preceptos de la moral cristiana” y obliga a los medios a “difundir la información y prestar la colaboración requerida para satisfacer las necesidades de la seguridad nacional”; en caso contrario el gobierno “podrá establecer restricciones temporales al uso y a la prestación de todos los servicios previstos”.

Más allá de sus contenidos –que condicionan la vida de los habitantes de estas tierras, comprometen fondos del Estado y restringen las libertades democráticas– todas estas leyes son inconstitucionales por su origen. Sin embargo, casi 25 años después de terminada la dictadura que las sancionó, seguimos sometidos a ellas.

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